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Cali activa subsidios de arriendo temporal para familias afectadas por desastres naturales

Este apoyo económico equivale a un porcentaje de un salario mínimo mensual legal vigente y busca ofrecer un respiro a los damnificados.

Los desastres naturales ocurridos en 2024 han dejado una huella significativa en Santiago de Cali, afectando a más de un centenar de hogares en sectores como La Campiña, Montebello, La Paz, Chiminangos y San Pascual. Incendios, inundaciones y sismos han obligado a muchas familias a buscar soluciones urgentes ante la pérdida parcial o total de sus viviendas.

En respuesta a esta crisis, la Alcaldía de Santiago de Cali, a través de la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, activó el subsidio distrital de arrendamiento temporal, un alivio para 118 familias que cumplieron con los requisitos establecidos. Este apoyo económico equivale a un porcentaje de un salario mínimo mensual legal vigente y busca ofrecer un respiro a los damnificados mientras solucionan los daños estructurales de sus hogares o encuentran una alternativa de vivienda más estable.

La secretaria de Vivienda Social y Hábitat, María del Mar Mozo, explicó que, aunque se logró atender a todas las familias caracterizadas, algunas no pudieron acceder al subsidio debido a la falta de documentación o a su negativa de abandonar las viviendas afectadas, pese a los riesgos que esto representa.

“El compromiso de esta Administración, bajo el liderazgo del alcalde Alejandro Eder, es garantizar el bienestar de las familias en materia de vivienda y hábitat. Continuaremos brindando apoyo a quienes enfrentan situaciones de vulnerabilidad, siempre en cumplimiento de los requisitos legales”, afirmó Mozo.

Requisitos para acceder al subsidio

El subsidio de arrendamiento temporal está dirigido a hogares en condición de emergencia por desastres naturales y exige cumplir con ciertas condiciones:

  • Los ingresos familiares no deben superar el doble del salario mínimo mensual legal vigente.
  • Ningún integrante del hogar debe poseer otra vivienda registrada en la Oficina de Registros o Catastro, salvo la que resultó afectada.
  • No haber recibido previamente el Subsidio Distrital de Vivienda, a menos que haya sido devuelto al Fondo Especial de Vivienda de Cali.
  • Estar registrado en las bases de datos de las entidades competentes que verifican la necesidad de reubicación.
  • En algunos casos, se requerirá un acta de restitución de bienes públicos emitida por la autoridad competente.

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Si bien la disponibilidad de subsidios depende de los recursos del Distrito, la medida no solo ofrece una solución inmediata a las familias afectadas, sino que también busca contribuir a la recuperación social de la ciudad.

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