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Es oficial: Cali mantiene la prohibición de parrillero hombre durante todo el 2026

La restricción aplica las 24 horas para hombres mayores de 14 años; la multa supera los $690.000.

La Alcaldía de Cali renovó la restricción al acompañante hombre en motocicleta para el presente año. A través del Decreto 0255 de 2026, la administración del alcalde Alejandro Eder busca frenar delitos de alto impacto como el hurto y el homicidio. La medida regirá durante los próximos 12 meses en todo el perímetro urbano, sin importar el horario o el día de la semana.

La normativa prohíbe específicamente el tránsito de motocicletas con parrillero hombre cuya edad sea igual o mayor a 14 años. Javier Garcés, secretario de Seguridad y Justicia, defendió la continuidad de la norma basándose en datos del Observatorio de Seguridad. Según las cifras oficiales, durante el 2025 los homicidios perpetrados por acompañantes masculinos en moto aumentaron un 50%, lo que convierte a este vehículo en un factor crítico de riesgo.

Sanciones y operativos de control

Quienes ignoren la restricción enfrentarán duras sanciones económicas. El decreto establece una multa general tipo 4, contemplada en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia. Esto equivale a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la posible inmovilización del vehículo.

Para garantizar el cumplimiento de la norma, la Policía Nacional y los agentes de tránsito realizarán operativos conjuntos en puntos estratégicos de la ciudad. El Secretario de Seguridad enfatizó que no bajarán la guardia en el objetivo de recuperar la tranquilidad en los barrios y corredores principales de la capital vallecaucana.

¿Quiénes están exentos de la medida?

La Alcaldía definió excepciones puntuales para ciudadanos y funcionarios que, por su labor o condición, necesitan movilizarse con acompañante:

  • Fuerza Pública: miembros de la Policía, Ejército y organismos de seguridad del Estado.
  • Emergencias: personal de salud, socorro y prevención en ejercicio de sus funciones.
  • Seguridad Privada: vigilantes uniformados y carnetizados en el trayecto hacia su trabajo o durante su jornada.
  • Enseñanza: instructores de escuelas de conducción debidamente registradas ante el Ministerio de Transporte.
  • Discapacidad: personas con movilidad reducida (motora, sensorial o mental) que acrediten su condición legalmente.

Las secretarías de Movilidad y Seguridad evaluarán los resultados de esta restricción de forma permanente. El objetivo es analizar si la medida logra reducir efectivamente las cifras de criminalidad para decidir su futuro en el próximo año.

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