En una decisión revolucionaria que promete cambiar el panorama de los derechos reproductivos en Colombia, la Corte Constitucional ha sentado un precedente al reconocer el aborto como un derecho fundamental en el país. Esta determinación histórica surge de la anulación de dos sentencias previas que habían negado la existencia del derecho constitucional al aborto y habían otorgado a las autoridades indígenas el poder de aprobar o rechazar el procedimiento.

La sentencia más destacada, T-158/23, se centró en el caso de una mujer indígena que había sido forzada a mantener un embarazo en contra de su voluntad, sin una evaluación adecuada de sus argumentos a favor del aborto. La jurisdicción indígena había justificado esta decisión basándose en mandatos de las Asambleas Comunitarias y en usos y costumbres que consideraban el aborto como una desarmonía social y territorial.
En un giro sorprendente, la Corte Constitucional emitió un fallo en favor de la mujer, subrayando que su caso no había sido suficientemente examinado antes de denegar su solicitud de aborto. Sin embargo, el tribunal también había sostenido en este fallo que la interrupción voluntaria del embarazo no se consideraba un derecho fundamental y otorgaba a las autoridades indígenas la facultad de tomar decisiones basadas en su propio análisis.
La controversia generada por esta decisión fue evidente en la aclaración de voto del magistrado Antonio José Lizarazo, quien expresó su inquietud acerca de la falta de precisión en la decisión, lo que podría generar incertidumbre en cuanto a los motivos válidos para que una autoridad indígena negara una interrupción voluntaria del embarazo.
En otro fallo, T-430/22, la Corte abordó el caso de otra mujer indígena a la que se le había denegado un aborto argumentando la autonomía de las autoridades indígenas en la definición de su propio proceso. La Corte dictaminó que estas autoridades debían llevar a cabo diálogos interculturales y analizar individualmente cada solicitud de interrupción voluntaria del embarazo.
La decisión de la Corte Constitucional ha sido recibida con entusiasmo por parte de colectivos feministas y defensores de los derechos humanos. Estos habían advertido sobre la creación de barreras administrativas y normativas que podrían poner en riesgo los derechos de las mujeres, en particular las mujeres indígenas. La anulación de estas sentencias representa un paso trascendental para reforzar el derecho al aborto en Colombia y garantizar una mayor protección de los derechos reproductivos de las mujeres.
La Corte Constitucional se encuentra ahora en la tarea de emitir una nueva sentencia que se ajuste a la jurisprudencia establecida en la histórica sentencia 055 de 2022, que despenalizó el aborto durante las primeras 24 semanas de gestación. Esta nueva sentencia estará a cargo del magistrado José Fernando Reyes y será sometida a la Sala Plena para su aprobación, consolidando así un avance significativo en la protección de los derechos reproductivos de las mujeres en Colombia. La decisión promete abrir un nuevo capítulo en la lucha por la igualdad de género y los derechos reproductivos en el país.