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Se elimina requisito de pólizas en revisión técnico mecánica

En una reciente decisión, la Corte Constitucional ha revocado la Ley que establecía la obligación para los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) de expedir pólizas de seguros para cubrir los daños a terceros de los vehículos sometidos a revisión técnico-mecánica.

La fundamentación detrás de esta medida radica en la percepción de que imponer a los centros de diagnóstico esta responsabilidad adicional resulta contradictorio con su especialización, la cual se centra en evaluar la condición mecánica de los vehículos, no en la emisión de pólizas de seguros.

La Corte Constitucional argumentó que este enfoque podría desvirtuar la naturaleza y función principal de los CDA, que se centran en proporcionar un diagnóstico preciso y confiable sobre el estado técnico de los vehículos. Imponer la tarea de expedir pólizas de seguros podría desviar la atención de su competencia central, comprometiendo así la calidad y la eficiencia de las revisiones técnicas.

Se espera que esta decisión impulse un debate sobre la regulación de las funciones específicas de los Centros de Diagnóstico Automotor y fomente una revisión más detallada de las políticas para garantizar un equilibrio adecuado entre la seguridad vial y las responsabilidades asignadas a estas instituciones.