La reforma laboral en uno de sus artículos busca promover la formalización de empleos extranjeros, igualando los mismos derechos y garantías de los colombianos.
El artículo 42 de la reforma laboral, el cual se llama ‘Trabajadores Migrantes’, establece que el hecho de que un ciudadano extranjero se encuentre en Colombia, este no será impedimento para exigir sus garantías laborales.
“El estatus migratorio no será impedimento para la exigencia de las garantías laborales y de seguridad social”. Es decir, que sin consideración de su situación migratoria gozarán de las mismas garantías laborales concedidas a las nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución o la ley”, establece el artículo.
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Además, “una vez suscrito el contrato de trabajo, se deberá facilitar la regularidad migratoria de la persona trabajadora, para lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores reglamentará el proceso correspondiente”, menciona la iniciativa.
Cabe resaltar que la reforma se encuentra a tan sólo un paso de pasar a la plenaria en la Cámara de Representantes. El viernes 14 de junio la iniciativa se discutió por tercer día consecutivo, en la Comisión Séptima.
Recibieron el aval 68 artículos y eliminaron 23, de los 98 propuestos. Esto significa que el 90 % de la reforma ha sido aprobada y pasaría a plenaria en la próxima legislatura del Congreso de la República.
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Asimismo, el día de ayer los senadores votaron en bloque 18 artículos (4, 8, 12, 18, 40, 41, 48, 49, 52, 53, 63, 64, 65, 91, 93, 94, 95 y 96), aprobados con 15 votos a favor y 6 en contra.
Es importante destacar que entre las iniciativas aprobadas se encuentran: Aumento del recargo dominical, horas extras, auxilios de conectividad, entre otros.