La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, se pronunció sobre la solicitud del presidente Gustavo Petro para que Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, pueda beneficiarse de la Ley de Utilidad Pública. La funcionaria aclaró que cualquier modificación de la condena solo puede ser evaluada y decidida por un juez.
Además, el presidente Petro solicitó, a través de su cuenta en X, que Barrera, quien se encuentra cumpliendo una condena en la cárcel El Buen Pastor, pueda salir diariamente. El mandatario se basó en la Ley de Utilidad Pública, la cual protege a las madres cabeza de familia en situación de marginalidad.
“Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está protegida por la ley que nuestro ministro de Justicia, Néstor Osuna, hizo aprobar en el Congreso. Debe salir diariamente de la cárcel”, escribió Petro en su mensaje.
Sin embargo, la ministra Buitrago enfatizó que un juez de ejecución de penas debe analizar exclusivamente el caso de Barrera. “La sentencia no la puede modificar ninguna otra autoridad. Al ser un sustitutivo de prisión, solo el juez puede decidir sobre su modificación”, afirmó Buitrago en una entrevista.
Requisitos de la Ley de Utilidad Pública
La Ley de Utilidad Pública tiene como objetivo beneficiar a mujeres en situación de marginalidad que son madres cabeza de familia. Sin embargo, no todos los delitos califican para este beneficio. La ministra explicó que la ley impone restricciones, y no se puede aplicar en todos los casos. “Solo en ciertos comportamientos se puede utilizar la ley. Además, no se puede aplicar a delitos como instigación para delinquir”, señaló la ministra.
En este caso de Barrera, cuya condena podría estar excluida de dicho beneficio debido a la naturaleza de su delito. Además, la Ley exige que la persona haya sido madre cabeza de familia en el momento de la condena, y Barrera no tenía hijos en ese entonces.
El presidente Petro cuestionó la condena de Barrera, sugiriendo que fue producto de su popularidad y su vinculación en protestas. Sin embargo, Buitrago recordó que un proceso judicial resultó en la condena de Barrera, quien aceptó los cargos. “Cuando se acepta un cargo, la confesión es irrevocable y no puede ser retractada”, destacó.
Durante su tiempo en prisión, Epa Colombia ha mostrado su interés en capacitar a sus compañeras en belleza capilar, como parte de su proyecto empresarial. La ministra Buitrago recordó que existen programas dentro del sistema penitenciario que fomentan el trabajo y emprendimiento de los privados de libertad, siempre bajo la supervisión y regulación adecuada.
El caso de Barrera sigue siendo una cuestión pendiente en el ámbito judicial. La defensa de Epa Colombia deberá presentar una solicitud formal ante un juez si desea solicitar beneficios penitenciarios.