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MinTrabajo destapa irregularidades laborales en tiendas Olímpica

Jornadas de 10 horas y solo 30 minutos de almuerzo: así laboran cientos en Olímpica.

El Ministerio de Trabajo ejecutó 60 inspecciones en tiendas y centros de distribución de Olímpica tras denuncias de empleados. Durante las visitas, los inspectores encontraron que el 90% de los trabajadores está contratado por medio de terceros y solo un 10% mantiene una relación directa con la compañía mediante contratos a término indefinido.

Según el reporte, empresas como Incopac S.A., Inverosur, Gestica S.A.S., Ihungo S.A.S. y Asecolba suministran la mayoría de personal, lo que para la cartera representa indicios de una posible intermediación laboral ilegal. La viceministra encargada, Sandra Muñoz, advirtió que este esquema parece diseñado para diluir la responsabilidad de Olímpica como empleador directo.

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Jornadas extensas y derechos laborales limitados

Los hallazgos también incluyeron prácticas que vulneran la jornada laboral legal. Trabajadores denunciaron turnos de hasta 10 horas diarias, con tan solo 30 minutos de almuerzo, lo que contradice la reducción progresiva de horas establecida desde 2023. A esto se suma el incumplimiento de la Ley 2191 de 2022, que garantiza la desconexión laboral y busca proteger el tiempo personal de los empleados.

Las autoridades subrayaron que la mayoría de los contratos revisados se firmaron bajo la modalidad de obra o labor, poco usual en grandes superficies comerciales donde se requieren funciones permanentes. Este tipo de contratación, común en la construcción, genera inestabilidad y precariedad para los trabajadores de la cadena.

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Condiciones de seguridad y bienestar en riesgo

El Ministerio también detectó deficiencias críticas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Durante las inspecciones se encontraron riesgos eléctricos, ausencia de equipos de protección personal y maquinaria insegura. Las escaleras utilizadas para trabajos en altura no cumplen con los estándares reglamentarios, lo que representa un peligro para los empleados.

Otro de los incumplimientos señalados fue la ausencia de salas de lactancia, un derecho establecido por la Ley 1823 de 2017. Aunque la normativa exige que existan espacios adecuados en los lugares de trabajo, ninguna de las tiendas inspeccionadas contaba con ellos. Para la cartera, esta omisión refleja la falta de medidas preventivas y de bienestar para las trabajadoras.

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