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Jornada laboral se reducirá a 42 horas desde julio del 2026 

Con la ley 2101 del 2021, la jornada laboral ha pasado de 48 a 44 horas de manera gradual. En 2026, quedará en 42 horas, tope establecido.

La ley 2101 del 2021 establece que las empresas deben reducir la jornada laboral de 48 a 42 semanales. Esta, se viene aplicando de manera gradual desde el 2023. Cada 16 de julio, desde ese año, ha bajado entre una y dos horas. En julio del 2025, la jornada se estableció en 44 horas. Por eso, en julio del 2026, será de 42 horas. 

La reducción de la jornada laboral en Colombia no afectará el salario, ni los derechos y garantías de los trabajadores. Así lo informa el artículo 1 de la ley. Esta, además, modifica el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo que no solo establece las 42 horas, sino que también exige por lo menos un día de descanso a la semana. Es decir, la jornada debe estar repartida entre 5 o 6 días, según lo acordado con el empleador. 

La reducción de la jornada fue una concertación entre el Ministerio de Trabajo, gremios y demás involucrados. Se dio para darle más tiempo y descanso a los trabajadores, para así aumentar la productividad y el rendimiento. A su vez, para facilitar una distribución más equitativa de las responsabilidades familiares, buscando fomentar la equidad de género. 

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Otros cambios laborales de cara al 2026 

El pasado 25 de junio, el presidente Gustavo Petro sancionó su reforma laboral, aprobada en el Congreso. Esta reforma se salvó, luego de ser archivada y de que el gobierno convocara una consulta popular. Esta aprueba el contrato laboral para aprendices del Sena, los recargos para domingos y festivos del 100% —que empezarán progresivos del 75%— y establece las horas extra desde las 7 p.m. hasta las 6 a.m.

Desde 2025, el empleador debe pagar 80% de su día de trabajo por laborar un domingo o festivo. Desde el próximo año, será del 90% y en 2027, del 100%. Además, el contrato a término indefinido se convierte en la forma principal de contratación. Y restringe estipula que el contrato a término fijo no podrá renovarse más de cuatro veces seguidas. Después de la cuarta renovación, el contrato se transformará automáticamente en uno a término indefinido. 

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