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Avance en la ley #NoMásOlé: prohibido el ingreso de menores a las corridas de toros

Restricción en la tradición taurina y prohibición de financiación pública.

El Gobierno Nacional, a través de los Ministerios de Ambiente y de las Culturas, publicó el borrador del decreto que reglamenta la Ley 2385 de 2024, conocida como #NoMásOlé, que prohibirá definitivamente las corridas de toros en Colombia a partir de 2027.

El documento establece una serie de restricciones estrictas para el periodo de transición de tres años, cuyo objetivo es reducir el alcance y el maltrato en estos eventos durante el año y medio que resta hasta su abolición total.

Medidas centrales del borrador del decreto

La senadora Esmeralda Hernández, autora de la ley, destacó los puntos cruciales del documento, que buscan blindar a la población vulnerable y garantizar ciertas condiciones para los animales:

  • Prohibición de menores de edad: se prohíbe el ingreso de menores de 18 años a todo tipo de espectáculos taurinos, incluyendo corridas de toros, novilladas y becerradas. Esta medida busca proteger a niños, niñas y adolescentes de la violencia física y psicológica asociada a estos eventos.
  • Restricción de tradición: las corridas solo podrán realizarse en los municipios que puedan demostrar una tradición ininterrumpida en la celebración de estos eventos, es decir, que no hayan dejado de celebrarse por al menos un año calendario desde 2010. Además, solo podrán hacerse en el mismo lugar y la misma época del año en la que se han celebrado históricamente.
  • Prohibición de financiación pública: se prohíbe explícitamente a las alcaldías y entidades territoriales financiar o publicitar eventos de corridas de toros a través de canales oficiales.
  • Espacios de divulgación: se exige que el 25% de los espacios publicitarios de los eventos taurinos sean dedicados a la promoción de la Ley #NoMásOlé, señalando que se trata de eventos de “tortura y maltrato animal”.

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Bienestar animal y equipo veterinario

El borrador del decreto, elaborado principalmente por el Ministerio de Ambiente, también profundiza en el bienestar animal, exigiendo:

  • Requisitos rigurosos de movilización: se establecen estrictos requisitos para el transporte de toros, novillos y caballos destinados a los eventos, garantizando unas mínimas condiciones de bienestar.
  • Equipo médico obligatorio: se exige la presencia obligatoria de un equipo médico veterinario en la plaza, compuesto por un mínimo de tres veterinarios o zootecnistas y dos auxiliares.
  • Sustitución por afectación: el documento abre la posibilidad de suspender y sustituir de forma inmediata la participación de un animal si este muestra signos evidentes de lesiones físicas graves o comportamientos anormales que, a juicio del equipo veterinario, le impidan continuar con el espectáculo.

La senadora Hernández invitó a organizaciones animalistas, líderes del sector y ciudadanía en general a enviar aportes al borrador en línea, con el objetivo de “robustecerlo y blindar el periodo de transición” de la ley. El incumplimiento de estas nuevas exigencias acarrearía sanciones y multas por parte de las autoridades.

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