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Recargo nocturno en Colombia inicia a las 7:00 p. m. desde este 25 de diciembre

Los domingos y festivos laborados de noche también recibirán un pago adicional a partir de esta fecha.

Desde este 25 de diciembre de 2025, los trabajadores en Colombia que realizan labores nocturnas empezarán a recibir un pago más alto por las horas trabajadas durante la noche, los domingos y los días festivos. Esta modificación se aplica tras la sanción de la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral, que ajusta las condiciones de trabajo en horarios tradicionales de descanso.

Con la entrada en vigor de la norma, el horario considerado como nocturno se amplía. Antes, comenzaba a las 9:00 p. m., pero ahora iniciará a las 7:00 p. m. y se extenderá hasta las 6:00 a. m. del día siguiente.

Según ha señalado el Gobierno en reiteradas ocasiones, este cambio busca reconocer la dedicación de quienes trabajan en franjas horarias que normalmente se reservan para el descanso.

Con el nuevo esquema, cada hora laborada en horario nocturno durante días hábiles tendrá un recargo del 35% sobre la hora ordinaria. Para un trabajador que tenga un salario mínimo, esto significa que la hora nocturna pagará $8.355, frente a los $6.189 anteriores. En el caso de los domingos y festivos, la hora con recargo nocturno pasará de $12.997 a $13.925.

Estos ajustes impactan especialmente a los sectores que dependen de turnos continuos, como la salud, la industria y la seguridad, donde los empleados realizan jornadas que incluyen noches y fines de semana.

Cómo calcular y reclamar el recargo

El cálculo del recargo nocturno es sencillo: se multiplica el valor de la hora normal por 0,35 y se suma al salario base. Por ejemplo, un trabajador que cumpla con toda su jornada nocturna durante un mes podría aumentar significativamente sus ingresos mensuales.

Si un empleador no aplica estos ajustes, el trabajador puede presentar primero una solicitud formal para corregir la situación. Si no hay respuesta, puede acudir al Ministerio de Trabajo, donde recibirá orientación y podrá presentar una queja.

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En casos de incumplimiento sean constantes, solo un juez laboral puede ordenar la reliquidación y el pago de prestaciones sociales, horas extras y otros derechos asociados.

Control de la jornada

La reforma también exige a los empleadores llevar un registro detallado de las horas trabajadas, diferenciando con claridad las diurnas, nocturnas, dominicales y festivas. Este control, busca garantizar el pago correcto de los recargos y evita confusiones en la nómina de los empleados.

El cambio entra en vigor hoy, seis meses después de la sanción de la Ley 2466 de 2025, dando tiempo a empresas y trabajadores para adaptarse.