Tras la reciente decisión del Consejo de Estado de suspender el decreto que aumentó el sueldo, el Ministerio del Trabajo salió a aclarar el panorama. Explicaron que los pagos deben seguirse realizando con el incremento del 23,7% que se fijó para este 2026. El Ministerio de Trabajo aseguró que el pago debe hacerse con el incremento mientras no exista una nueva norma que indique lo contrario.
La discusión surgió luego de que el Consejo de Estado frenara de manera provisional los efectos del decreto que estableció el aumento. Esto generó dudas entre empleadores y trabajadores sobre cómo debía liquidarse la nómina en febrero.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, afirmó en su cuenta de X que el Decreto 1469 de 2025 “se encuentra vigente y es de obligatorio cumplimiento”. En el mismo mensaje fue directo con los empresarios: esta quincena debe pagarse con el ajuste que rige desde el 1 de enero de 2026.
También señaló que la norma mantiene sus efectos mientras no se expida un decreto transitorio. Según explicó, cualquier interpretación debe proteger el ingreso de los trabajadores.
Sanguino agregó que los derechos laborales no pueden retroceder y recordó que el salario vital hace parte de las garantías del Estado Social de Derecho.
Salario mínimo: llamado a empleadores y trabajadores
Desde el Ministerio de Trabajo insistieron en que el incremento debe aplicarse en los pagos actuales y en los próximos. La cartera laboral advirtió que sus inspectoras e inspectores verificarán que se respete el aumento.
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En otro mensaje publicado en X, la ministra de Trabajo reiteró que el Decreto 1469 de 2025 elevó el salario mínimo en 23% y que ese ajuste está vigente desde el 1 de enero de 2026.