En medio del revuelo político por el hundimiento de la consulta popular promovida por el Gobierno, el presidente Gustavo Petro recurrió este martes a su cuenta en X para defender su capacidad legal de convocarla, incluso ante la falta de pronunciamiento del Senado.
El mandatario citó expresamente la Ley 1757 de 2015, en particular el literal c del artículo 33, que establece los procedimientos para convocar una consulta popular. Según Petro, esta norma lo faculta para avanzar con el proceso aún si el Senado no ha emitido el concepto previo requerido.
“Para quienes afirman desde la prensa que el presidente no puede decretar la consulta popular, si el senado no se pronuncia sobre el concepto previo favorable o no, remito la ley que me faculta”, escribió el jefe de Estado en su red social, señalando además que el Congreso no ha cumplido con este paso “por error de su presidente”.
El mensaje llega justo después de que fracasara el debate legislativo para avalar la iniciativa que buscaba consultar a la ciudadanía sobre los pilares del Gobierno del Cambio. La falta de trámite en el Senado se ha convertido en un nuevo foco de tensión entre el Ejecutivo y el Legislativo.
La afirmación de Petro apunta a una posibilidad jurídica: la de avanzar en el decreto de la consulta sin el concepto del Congreso, si este no se pronuncia en el plazo previsto por la ley. No obstante, este argumento ha generado reacciones divididas entre constitucionalistas y sectores políticos, que debaten si se trata de una interpretación válida o de una eventual extralimitación de funciones.
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El presidente no ha anunciado aún si emitirá el decreto correspondiente, pero su publicación sugiere que está dispuesto a mantener en pie su propuesta de consulta, incluso frente al silencio institucional.