La Corte Constitucional confirmó la validez de la Ley 2385 de 2024, que prohíbe en todo el país actividades como corridas de toros, corralejas, toros coleados y peleas de gallos. El alto tribunal tomó la decisión de manera unánime, consolidando un fallo histórico en favor del bienestar animal y marcando un cambio en tradiciones de maltrato.
El pronunciamiento surgió después de estudiar una demanda que pretendía tumbar la norma, alegando que el Congreso había cometido irregularidades en su aprobación y que esta prohibición violaba derechos fundamentales como el trabajo, la libertad de empresa y el libre desarrollo de la personalidad. La Corte, tras un análisis jurídico, concluyó que la ley se ajusta a la Constitución y que ninguna de estas garantías se ve vulnerada.
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Argumentos que sustentan la exequibilidad
El magistrado ponente, Miguel Polo Roreso, presentó el proyecto de fallo que desestimó los argumentos de los demandantes. Señaló que el Congreso actuó dentro de sus competencias y que la norma refleja un compromiso con el interés general y la obligación de proteger a los animales. El fallo aseguró que la tradición cultural no puede usarse como excusa para legitimar prácticas de violencia contra seres vivos.
La Procuraduría General de la Nación respaldó de manera contundente la ley, al considerar que su aprobación armoniza la protección ambiental, el bienestar animal y la función social de los derechos de propiedad. Según el Ministerio Público, esta norma no elimina derechos fundamentales, sino que los equilibra con los deberes de respeto hacia la vida y la naturaleza. Este concepto tuvo un peso determinante en la decisión del alto tribunal.
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Implicaciones sociales y culturales de la medida
Con esta determinación, las prácticas taurinas y de pelea con animales deberán cesar en el país, lo que marca un punto de inflexión en la historia de la cultura popular colombiana. Para sectores animalistas, el fallo representa una victoria largamente esperada, pues garantiza que el sufrimiento de animales no sea justificado en nombre del entretenimiento.
Por otro lado, algunos sectores sociales y económicos que dependen de estas actividades tendrán que replantear sus dinámicas, ya que la prohibición impacta de manera directa a quienes vivían de las corridas. No obstante, la Corte insistió en que la protección de la vida y el respeto por los animales se priorizan sobre los beneficios económicos individuales. Esta decisión abre la puerta a nuevas discusiones sobre el futuro de las expresiones culturales y el respeto a la biodiversidad en Colombia.