El Juzgado Veinticuatro Administrativo de Bogotá sancionó al presidente Gustavo Petro. La decisión responde a un incidente de desacato. El mandatario incumplió una sentencia de tutela proferida en noviembre de 2025. Dicho fallo le ordenaba retractarse de sus acusaciones contra el gerente de la EPS Coosalud, Jaime Miguel González Montaño. Petro lo señaló de corrupto sin presentar pruebas.
Como consecuencia, el juez impuso una multa de 15 salarios mínimos mensuales. La justicia determinó que el presidente vulneró el derecho al buen nombre del directivo. El jefe de Estado tenía un plazo de cinco días para ofrecer excusas públicas. Al omitir esta orden, el tribunal procedió con la sanción económica. El fallo busca proteger la honra y el debido proceso del afectado.
El conflicto legal inició por declaraciones públicas del presidente. Petro vinculó a González Montaño con actos de corrupción en el sistema de salud. El gerente acudió a una tutela para defender su reputación. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a su favor en segunda instancia. La sentencia obligaba al Ejecutivo a aclarar que sus afirmaciones carecían de respaldo judicial.
Consecuencias del incidente de desacato
La sanción recalca la obligación de acatar los mandatos de la Rama Judicial. Ningún funcionario está por encima de la ley, independientemente de su cargo. El documento oficial tiene fecha del 14 de abril de 2026. En él, el despacho confirma que la Presidencia se negó a realizar la retractación ordenada.
Este revés judicial sucede en un clima de alta tensión entre el Gobierno y las EPS. La decisión establece un precedente importante sobre la responsabilidad del discurso presidencial. Hasta el momento, la Casa de Nariño no confirma el pago de la multa. Tampoco se conoce si el presidente finalmente ofrecerá las excusas públicas exigidas por el juez.
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