La Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública encontró vicios e irregularidades en el proceso de elección del Contralor de Cali. Por eso, le pidió a la mesa directiva del Concejo de Cali no elegir contralor mientras subsana tales vicios de trámite. El proceso cuenta con ocho tutelas en su contra, así como de ruidos a su alrededor.
La terna final quedó conformada por Ligia Amanda Gallego, Diego Mauricio López y Gustavo Barrientos. Como reportó esta nota de CW+ Noticias, los tres tiene perfiles más técnicos que políticos, aunque López fue contralor de Cali entre 2016 y 2019 y fuentes lo señalan de presuntamente vincularse con sectores liberales y de Cambio Radical. Sus puntajes fueron los más altos entre los ocho finalistas que presentaron el examen.
Sin embargo, el Ministerio Público determinó que la mesa directiva —conformada por los concejales Edinson Lucumí, Ana Erazo y Tania Fernández— no delegó funciones e incumplió el deber de publicación previa del proyecto de convocatoria. Por eso, le pidió subsanar los vicios para “garantizar el pleno cumplimiento de los principios de legalidad, mérito, publicidad, participación y transparencia”.
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Los vicios hallados por la Procuraduría, desmenuzados
Desde inicios de octubre, la Procuraduría abrió una investigación en contra del proceso de selección tras la denuncia del ciudadano Andrés Moreno, quien señaló irregularidades en la convocatoria realizada por el Concejo. También tras otras tutelas interpuestas por ciudadanos y participantes del proceso.
Por su parte, la Procuraduría encontró que faltó el acto de delegación de funciones. Es decir, el Concejo contrató a la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) para que los ayudara con la organización y el apoyo técnico/logístico del concurso. Pero no firmó un documento legal (un acto administrativo) para delegar formalmente funciones a la Universidad.
Incluso, la mesa directiva del Concejo reconoció que este acto de delegación no existía. Esto significa que, aunque la UPTC estaba ayudando en el proceso, formalmente no tenía la autoridad legal para ejercer funciones esenciales del concurso, ya que solo fue contratada para “apoyo técnico y logístico”. También determinó que incumplió con el deber de publicación previa. La ley (específicamente el artículo 8 del CPACA, Ley 1437 de 2011) exige que, antes de lanzar una convocatoria pública como esta, se debe publicar el borrador o “proyecto” de la convocatoria con anticipación.
El vicio aquí es que no se cumplió con este deber de publicación previa. Este paso es crucial para garantizar la transparencia, ya que permite que los ciudadanos o interesados revisen las reglas que se usarán en el concurso y puedan opinar antes de que se haga oficial. Al no publicarse previamente, se vulneró el principio de publicidad.
Juzgado había negado suspender el proceso
El Juzgado Tercero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali negó suspender el concurso para elegir al contralor distrital, tal como solicitó la ciudadana Ángela Andrea Villacías a través de una tutela. La tutela alega presunta violación de derechos fundamentales, incluyendo el debido proceso y el acceso a documentos públicos, en el contexto de la elección del Contralor Distrital de Cali para el periodo 2026-2029. La decisión fue expedida el pasado 9 de octubre.
La tutela pidió al Juzgado que, mientras estudiaba el caso, suspendiera o detuviera el concurso por completo. Sin embargo, la jueza Sonia Durán Duque lo negó. Aseguró que no encontró que la demandante estuviera en un peligro inminente o que fuera a sufrir un daño irreparable si el concurso seguía por unos días más. Según determinó, las medidas urgentes (provisionales) solo se dan cuando hay un riesgo inminente y grave.
A su vez, aseguró que el proceso de elección no tiene una fecha límite inmediata u obligatoria para nombrar al contralor, gracias a una adenda modificatoria. Por otro lado, prometió que la decisión final sobre si el concurso para la elección de contralor es legal o no se tomaría muy pronto, en tan solo diez días. Por lo tanto, no había necesidad de suspenderlo ahora.
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