La reforma laboral aprobada en la plenaria del Senado de la República el pasado 17 de junio, transformará la vida de los trabajadores colombianos Con puntos como un subsidio de conectividad para las personas que teletrabajan, recargo nocturno de las 7 de la noche, dominicales y festivos remunerados en un 100%, apoyos económicos a estudiantes del SENA e internos de medicina.
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Pero también trae beneficios para los padres y madres trabajadoras, pues otorgará licencias remuneradas para que los padres puedan asistir a eventos de sus hijos, como entregas de boletines, el día de la familia, o reuniones con directivas, sin que esto signifique un descuento en su sueldo.
El artículo 15 de la reforma que cambiará el sistema laboral, en el que se hace alusión a las obligaciones especiales del empleador, modifica el numeral 6 del Código Sustantivo del Trabajo, y agrega en el parágrafo F que el empleador podrá tener las licencias remuneradas necesarias “para asistir a las obligaciones escolares como acudiente, en las que resulte obligatoria la asistencia del trabajador por requerimiento del centro educativo”.
De ser requerido por el empleador, el trabajador tendrá que acreditar la asistencia a estos eventos en establecimiento educativos en los que se encuentren sus hijos. También añade que se asegurará licencia remunerada en los siguientes casos:
- Para atender citaciones judiciales, administrativas y legales.
- Para asistir a citas médicas de urgencia o citas médicas programadas con especialistas cuando se informe al empleador junto certificado previo.
- Para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización, o para
asistir al entierro de sus compañeros. - En caso de grave calamidad doméstica.
- Para el ejercicio del sufragio.
- Para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación.