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Tribunal mantiene firme orden de detención contra Uribe pese a solicitud de su defensa

El Tribunal Superior de Bogotá negó la petición presentada por el equipo legal del expresidente.

El proceso judicial contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, condenado en primera instancia a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, sigue avanzando sin que, por ahora, se contemple una suspensión de su detención. La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá rechazó una solicitud de medida provisional presentada por su defensa, en la que se pedía suspender la orden de captura mientras se resuelve de fondo una acción de tutela.

El recurso, radicado el 4 de agosto por el abogado penalista Jaime Granados, argumentaba que la decisión proferida por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá habría vulnerado derechos fundamentales de su defendido, como la presunción de inocencia, el debido proceso, la dignidad humana y la libertad personal. Según el documento de 91 páginas, Uribe no debería ser privado de su libertad mientras la sentencia no quede en firme, y mucho menos, sin agotar todos los recursos judiciales disponibles.

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El Tribunal, sin embargo, concluyó que la petición no cumplía con los requisitos mínimos exigidos para conceder una medida provisional. Aunque se anunció que la tutela será revisada en su totalidad en los próximos meses, la Sala enfatizó que, por ahora, la orden de captura sigue en firme. Esta decisión fue tomada por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, quien actuó como reemplazo del magistrado titular Ramiro Riaño Riaño, ausente por razones justificadas.

Defensa sostuvo que la jueza Heredia desconoció precedentes

La defensa del expresidente sostuvo que la jueza Heredia incurrió en “graves vicios de motivación” y desconoció precedentes recientes de la Corte Suprema y la Corte Constitucional, como la sentencia SU-220 de 2024, que habría establecido lineamientos claros frente al respeto por la presunción de inocencia en procesos penales aún sin sentencia ejecutoriada.

Adicionalmente, los abogados cuestionaron el carácter inmediato de la detención domiciliaria, señalando que incluso si se concede la prisión domiciliaria como subrogado penal, no es usual que se ordene la captura sin que la decisión esté en firme. Para el equipo defensor, esta medida resulta arbitraria y rompe con el principio de gradualidad procesal que caracteriza al sistema penal acusatorio colombiano.

Pese a esta negativa inicial, el Tribunal Superior de Bogotá tendrá plazo hasta octubre de 2025 para resolver la acción de tutela. En caso de que se ratifique la condena, cualquiera de las partes podrá acudir a la Corte Suprema de Justicia mediante un recurso de casación, lo que podría prolongar aún más un proceso judicial que ha marcado un precedente político y jurídico en el país.

La defensa de Uribe insistirá en la protección de sus derechos fundamentales, mientras que sectores políticos y jurídicos del país siguen atentos a las implicaciones de este caso, que enfrenta a una de las figuras más influyentes de la política colombiana con la justicia ordinaria.

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