Colombia se prepara para una nueva jornada democrática en 2026. La Registraduría Nacional seleccionó a cerca de 850.000 ciudadanos para ejercer como jurados de votación. Estos cumplirán funciones en las elecciones legislativas del 8 de marzo y en las presidenciales (31 de mayo y 21 de junio). Tras el sorteo, la entidad habilitó su plataforma web para que cada persona consulte su puesto, mesa y cargo asignado.
Aunque el cargo es de forzosa aceptación, cumplir con este servicio público otorga beneficios específicos establecidos por ley. Los ciudadanos designados deben presentarse a las 7:00 a. m. en sus puestos de votación. La jornada finaliza tras el cierre de urnas a las 4:00 p. m. y el posterior conteo de votos.
Los beneficios por ser jurado de votación
De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral, los jurados cuentan con incentivos por su labor:
- Día de descanso remunerado: los trabajadores tienen derecho a un día compensatorio. Este debe acordarse con el empleador y disfrutarse dentro de los 45 días siguientes a la elección.
- Servicio social (para menores): en el caso de los Consejos de Juventud, los estudiantes menores de edad reciben 20 horas de servicio social obligatorio, requisito clave para su graduación.
- Prioridad en empates: los jurados tienen prelación en caso de empate en exámenes de ingreso a instituciones de educación superior y en listas de elegibles para empleos de carrera con el Estado.
Es importante diferenciar este beneficio del que recibe un sufragante común, quien solo tiene derecho a medio día de descanso compensatorio por ejercer su voto.
Capacitación y sanciones por incumplimiento
La Registraduría enfatiza que la notificación se entiende surtida con la publicación de las listas. Por ello, los ciudadanos deben verificar su estado en la página oficial. Quienes resulten elegidos están obligados a asistir a las capacitaciones previas en las fechas y horarios citados por la entidad.
El incumplimiento de estas funciones sin justa causa conlleva sanciones severas. Para los ciudadanos particulares, la multa puede alcanzar hasta los 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el caso de los servidores públicos, la falta puede derivar en la destitución del cargo. Solo se aceptan excusas por enfermedad grave (certificada por médico), muerte de familiares cercanos el mismo día o no ser residente en el lugar donde fue designado.
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