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Sin beneficios: ‘Epa Colombia’ no tendrá casa por cárcel, deberá ir a prisión

La Corte ratificó una condena de 5 años, 3 meses contra 'Epa Colombia' por los daños que causó en el Transmilenio durante la protesta del 2019.

El pasado martes, la Corte Suprema de Justicia confirmó que Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’, deberá cumplir su condena en un centro penitenciario. La influencer y empresaria había solicitado prisión domiciliaria, pero el alto tribunal negó su petición y ratificó la sentencia de cinco años y dos meses impuesta en su contra.

“Ratificar la negación a Daneidy Barrera Rojas de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria“, se lee en el fallo de la Corte.

La decisión de la Corte mantiene la condena establecida por el Tribunal Superior de Bogotá. La justicia halló culpable a Barrera de instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y perturbación en el servicio público de transporte. Su caso se remonta a noviembre de 2019, cuando publicó un video en redes sociales en el que destruía una estación de TransMilenio con un martillo en el marco de las protestas sociales de la época.

El magistrado ponente, Fernando Bolaños, enfatizó en su intervención que la aceptación de cargos implica un compromiso legal irrevocable. “La aceptación consciente y voluntaria de los cargos se rige en el principio de irrectractabilidad, en consecuencia, luego de haber aceptado los cargos, no hay lugar al arrepentimiento”, explicó.

La influencia en redes y su responsabilidad penal

Durante el proceso judicial, la defensa de Barrera intentó que se revocara el delito de instigación a delinquir con fines terroristas. Sin embargo, la Corte no accedió a esta solicitud y sostuvo que su accionar tuvo un impacto negativo considerable. “La expresión violenta y dañina a través de las redes sociales también está proscrita y puede generar responsabilidad penal”, señaló el magistrado Bolaños.

Según el fallo, las acciones de Barrera estuvieron fuera del marco legal que permite la protesta social y fueron calificadas como actos violentos y destructivos. Además de la sentencia, el documento indica que Epa Colombia debe pagar una multa de 492.24 salarios mínimos legales mensuales vigentes (alrededor de 800 millones de pesos).

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Con la ratificación del fallo, la ‘Epa’ deberá cumplir su condena en prisión sin posibilidad de beneficios como la casa por cárcel. Su caso marca un precedente en la aplicación de justicia para figuras públicas en el país.

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