Pese al levantamiento del Estado de Conmoción Interior en el Catatumbo, algunos impuestos extraordinarios no se detendrán. Así lo confirmó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) en un reciente comunicado. Las medidas fiscales estipuladas en el Decreto 175 de 2025, que fueron creadas durante la emergencia, se mantendrán activas durante todo el año.
El Estado de Conmoción Interior fue levantado oficialmente con el Decreto 467 de 2025. Sin embargo, esta acción no afectó la vigencia del Decreto 175. La razón es clara, pues su artículo 10 establece una aplicación autónoma hasta el 31 de diciembre del presente año.
La Dian explicó que este decreto no requería prórroga y la norma fue diseñada para operar más allá de la duración del estado de excepción. Esto se ampara en la Ley Estatutaria 137 de 1994, que permite imponer contribuciones fiscales o parafiscales por una vigencia fiscal completa.
¿Qué impuestos continúan?
Las medidas que siguen en pie tienen impacto directo en sectores clave, puesto que el decreto contempla tres tributos específicos. El primero es el IVA a juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, ya sea desde Colombia o el extranjero. También sigue vigente el impuesto especial para el Catatumbo, ya que este grava con el 1 % la primera venta o exportación de hidrocarburos y carbón extraídos en la región. Por último, se activó un nuevo impuesto de timbre nacional del 1 %. Este aplica para instrumentos públicos y documentos privados cuyo valor supere los $298 millones 794.000 pesos. Afecta escrituras, títulos valores, avales, garantías y otros documentos jurídicos relevantes.
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El objetivo inicial del Gobierno con estas medidas era obtener recursos urgentes, pues según Presidencia, se esperaba recaudar $1 billón en los primeros 90 días del estado de conmoción. No obstante, el Ministerio de Hacienda estimó que el recaudo total podría alcanzar los $3 billones si las medidas se mantenían durante el año completo. Con la continuidad del Decreto 175, esta meta sigue siendo viable y los recursos están destinados a atender necesidades sociales críticas en el Catatumbo.
Para la ciudadanía y las empresas, esto implica obligaciones que no terminan con el fin de la conmoción. Los contribuyentes deben tener claro que los tributos señalados siguen vigentes. Así, aunque la emergencia institucional concluyó, el esfuerzo fiscal sigue.