Tras una tutela interpuesta contra la Registraduría Nacional, la Corte Constitucional ordenó que se agilicen y cumplan las solicitudes de cambio de nombre de la población transgénero en Colombia. La decisión busca garantizar los derechos de identidad de género y personalidad jurídica para esta comunidad.
Todo inició con la tutela presentada por Índigo contra la Registraduría Nacional del Estado Civil, luego de que la entidad negara el cambio de su nombre realizado en notaría. Según informó la Corte, la Registraduría argumentó que no podía efectuar la modificación porque Índigo no contaba con la escritura pública requerida para este trámite.
Sin embargo, la Sala Sexta de Revisión señaló que aunque el caso perdió efecto porque la Registraduría terminó haciendo el cambio sin orden judicial, era necesario pronunciarse de fondo sobre el tema.
La Corte recordó que, según la Sentencia C-114 de 2017, el nombre no es inmutable. Puede modificarse tanto por escritura pública, como lo hizo Índigo, como mediante un proceso de jurisdicción voluntaria ante jueces de la República.
Para la Sala, negar un segundo cambio de nombre mediante escritura pública desconoce la jurisprudencia y afecta derechos fundamentales como la identidad de género y el libre desarrollo de la personalidad. “La modificación autorizada por escritura pública, por segunda vez, no sacrifica en exceso los fines vinculados con la estabilidad del nombre. Por el contrario, permite la realización de derechos que fijan la identidad de la persona y que la llevan a interactuar con la sociedad, a partir de la definición propia del ser”, señaló la Corte.
Órdenes y llamados de atención
Dentro de las órdenes, la Corte solicitó a la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla incluir en sus cursos de formación para jueces una capacitación sobre la relación entre nombre e identidad de género, basada en la Sentencia C-114 de 2017. También ordenó difundir entre los jueces copia anonimizada de esta decisión para que se tenga en cuenta en futuros casos.
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Asimismo, exhortó al Consejo Superior de la Judicatura para que haga un llamado de atención a los funcionarios judiciales, con el fin de garantizar el cumplimiento de la jurisprudencia en materia de identidad de género y personalidad jurídica.
Por último, pidió a la Registraduría Nacional del Estado Civil tramitar de forma ágil y oportuna las solicitudes de cambio de nombre de personas transgénero, dado que están en juego derechos fundamentales.