La Alcaldía de Santiago de Cali declaró la Urgencia Manifiesta en el Distrito como respuesta a las afectaciones dejadas por el terremoto del 10 de agosto. La decisión quedó consignada en el Decreto 0964 de 2026.
En términos prácticos, la medida le permite a los organismos de la Administración Distrital contratar de manera directa los bienes, servicios y obras que se necesiten para atender la emergencia. Lo anterior sin pasar por los tiempos habituales de los procesos de contratación ordinarios. Aplica únicamente cuando esas necesidades no puedan esperar los trámites convencionales.
“Más allá de una decisión administrativa, la declaratoria busca poner la capacidad institucional al servicio de los caleños en un momento que exige respuestas rápidas y coordinadas”, aseguró Amanda Catalina Rojas Díaz, directora del Departamento Administrativo de Contratación Pública (DACP).
Según explicó la funcionaria, la prioridad será atender las necesidades que tengan relación directa con la emergencia. Y que, por su carácter urgente, no puedan resolverse mediante los procedimientos ordinarios de contratación.
La Urgencia Manifiesta no es contratar sin control
Declarar la Urgencia Manifiesta no significa que la Administración pueda firmar contratos sin justificación. Cada contrato deberá responder a una necesidad concreta. Además de guardar relación directa con la situación que originó la emergencia y ser proporcional a lo que se busca atender.
Los contratos que se suscriban bajo esta figura tendrán que remitirse de inmediato a la Contraloría General de Cali. Asimismo, los organismos responsables deberán presentar informes mensuales al alcalde y a las oficinas de control interno y transparencia del Distrito.
El alcalde Alejandro Eder pidió una vigilancia especial sobre los recursos y las acciones destinadas a superar la emergencia. El objetivo es garantizar transparencia, oportunidad, eficiencia y eficacia en la contratación que adelanten los distintos organismos distritales.
Una guía para usar la figura
Como parte de estas medidas, el DACP elaboró una guía para el uso de la Urgencia Manifiesta. Contempla, entre otros aspectos, el control fiscal posterior de los contratos que se celebren bajo esta figura. Es decir, la revisión no termina cuando se firma el contrato: sigue después de ejecutado.
Con esta declaratoria, la Administración Distrital busca reducir los tiempos de respuesta frente a las afectaciones del sismo y avanzar en las acciones necesarias para proteger la vida, la integridad y el bienestar de los habitantes de Cali. Por ahora, el comunicado no detalla montos, plazos específicos ni los primeros contratos que se tramitarán bajo esta figura.
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