El Concejo Distrital de Cali aprobó en segundo debate, de forma definitiva, el Proyecto de Acuerdo 100 de 2026, que otorga alivios tributarios y no tributarios a más de 54.000 predios y familias afectadas por el terremoto de magnitud 7.4 del pasado 10 de agosto.
La medida se sustenta en la declaratoria de calamidad pública del Distrito y en el decreto de desastre nacional expedido tras el sismo. El acuerdo modifica los artículos 96 y 307 del Estatuto Tributario Distrital para habilitar los beneficios sin comprometer el Marco Fiscal de Mediano Plazo de la ciudad.
“Los caleños que están registrados en el Registro Único de Damnificados y cuyas viviendas están clasificadas como no habitables podrán pagar los últimos cinco años del predial con cero intereses hasta el 31 de diciembre de 2027”, explicó el alcalde Eder tras la aprobación.
Estos son los alivios para vivienda y patrimonio
Tome nota de los beneficios aprobados para inmuebles afectados:
- Exoneración del 100 % del Impuesto Predial Unificado durante una vigencia para edificaciones colapsadas o con orden de demolición. Si el propietario ya pagó el predial de 2026, el beneficio se traslada a la siguiente vigencia.
- Exoneración del 100 % en predial durante 4 vigencias para nuevas construcciones levantadas sobre predios colapsados (5 vigencias si ya se pagó 2026).
- Descuento del 50 % en el predial de 2027 para inmuebles declarados no habitables con daños estructurales.
- Exoneración del cobro de alumbrado público para predios colapsados durante la calamidad.
- Congelamiento de la plusvalía por 3 años en obras de reconstrucción.
Beneficios para comerciantes, estudiantes y el sector salud
La medida también incluye descuentos pensados en la reactivación económica:
- Descuento del 20 % en el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) de 2027 para comerciantes, talleres y consultorios censados con afectaciones físicas.
- Becas universitarias, financiadas con recursos del ICA, para jóvenes de familias registradas en el Registro Único de Damnificados (RUD) o el RUFE que perdieron o evacuaron sus viviendas.
- Tarifas fijas de ICA para la red de salud: 3 por mil para hospitales y clínicas con internación, y 5 por mil para consulta médica.
Qué pasa si debía impuestos de años anteriores
El acuerdo también condona el 100% de los intereses moratorios en predial para vigencias anteriores a 2026. Los damnificados y evacuados tendrán hasta el 31 de diciembre de 2027 para cancelar únicamente el capital adeudado, sin intereses. Para el resto de la ciudadanía, el plazo es hasta el 31 de diciembre de 2026.
Además, quienes tengan sanciones tributarias pendientes tendrán una reducción gradual según la fecha de pago: 20% si pagan hasta el 31 de octubre, 50% hasta el 30 de noviembre y 75% hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cómo se accede a estos beneficios?
La mayoría de los alivios se aplicarán de oficio. Esto significa que la Secretaría de Gestión del Riesgo enviará a Hacienda Distrital los censos técnicos —evaluaciones de daños y reportes fotográficos— para que la entidad cargue automáticamente las exenciones, sin que el propietario deba solicitar nada.
Si su predio no aparece en esos censos iniciales, puede radicar la solicitud directamente ante Hacienda Distrital, adjuntando el peritaje técnico correspondiente. Un punto importante: no se exige estar a paz y salvo con vigencias anteriores para acceder a las exenciones del sismo.
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El director del Departamento Administrativo de Hacienda Distrital, Jhon Quinchúa, señaló que la entidad ya inició los desarrollos tecnológicos necesarios para que la aplicación de los beneficios sea automática.
Desde cuándo aplica y qué sigue
El acuerdo entra en vigencia de forma inmediata a partir de su publicación oficial. El alcalde Eder tiene un plazo de tres meses para expedir los decretos operativos entre las distintas secretarías encargadas de aplicar la medida, sin que eso pueda alterar las exenciones ya aprobadas.